Calculadora del Impuesto de Donaciones en Navarra 2026

✅ Calcula el impuesto de donaciones en Navarra en segundos

0,8% Punto de partida para hijos, ascendientes y cónyuge o pareja estable
DFL 250/2002 Régimen foral navarro (Convenio Económico), ajeno a la ley estatal
2 meses Plazo para autoliquidar ante la Hacienda Foral de Navarra

Cálculo del impuesto de donaciones en Navarra

Gratuito

Tabla del impuesto de donaciones en Navarra

El cónyuge o pareja estable tributa a un 0,8% proporcional. La tabla siguiente es la escala progresiva de ascendientes y descendientes (padres, hijos, abuelos, nietos): cada tramo grava solo la parte de base que le corresponde.

Base liquidable (hasta) Cuota íntegra Resto base (hasta) Tipo
0,00 € 0,00 € 250.000,00 € 0,80%
250.000,00 € 2.000,00 € 250.000,00 € 2,00%
500.000,00 € 7.000,00 € 500.000,00 € 3,00%
1.000.000,00 € 22.000,00 € 800.000,00 € 4,00%
1.800.000,00 € 54.000,00 € 1.200.000,00 € 6,00%
3.000.000,00 € 126.000,00 € En adelante 8,00%

En Navarra la tarifa se aplica sobre la base según el parentesco: 0,8% para el cónyuge o pareja; escala progresiva (0,8%–8%) para ascendientes y descendientes.

La tarifa según el parentesco en Navarra

ParentescoTipo o tarifa
Cónyuge o pareja estable0,8% proporcional
Ascendientes y descendientes (padres, hijos, abuelos, nietos)Progresiva 0,8% → 8%
Hermanos (colateral 2º grado)Tipo fijo por tramo: 8% → 35%
Tíos y sobrinos (colateral 3º grado)Tipo fijo por tramo: 9% → 39%
Primos y colaterales 4º gradoTipo fijo por tramo: 11% → 43%
Extraños y grados más distantesTipo fijo por tramo: 11% → 48%

La calculadora contempla todos los grupos del art. 34. A diferencia de la línea recta, la tarifa de colaterales y extraños no es progresiva: se localiza el tramo donde cae la base y ese tipo fijo se aplica a toda la base. Por ejemplo, un hermano con una base entre 150.253 y 300.506 € tributa al 20% sobre el total.

Donar en Navarra: cónyuge al 0,8% y línea recta progresiva

Navarra tiene un régimen foral propio, amparado por el Convenio Económico y regulado por el Decreto Foral Legislativo 250/2002. En donaciones, el cónyuge o pareja estable paga un 0,8% proporcional. Los ascendientes y descendientes (padres, hijos, abuelos, nietos) siguen una escala progresiva propia que empieza en el 0,8% (hasta 250.000 €) y sube por tramos —2%, 3%, 4%, 6% y 8%— a medida que crece la donación. Es un sistema muy favorable para las cantidades familiares habituales: una donación de 150.000 € a un hijo tributa 1.200 €, y una de 300.000 €, 3.000 €.

€

Ejemplo: un padre dona 300.000 € a un hijo

Un padre dona 300.000 € a un hijo. Los primeros 250.000 € tributan al 0,8% (2.000 €) y los 50.000 € siguientes al 2% (1.000 €): en total, el hijo paga 3.000 €. Si el donatario fuese el cónyuge, el 0,8% proporcional daría 2.400 €. Una carga muy contenida frente al régimen común.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto de donaciones en Navarra

Normativa y fuentes oficiales

Última actualización: · Normativa: Decreto Foral Legislativo 250/2002 de Navarra (art. 34) · Convenio Económico (vigente 2026)

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