Simulador del Impuesto de Donaciones en Andalucía 2026
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Calculadora del Impuesto de Donaciones en Andalucía 2026
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Resultado orientativo. Consulta un asesor fiscal o la Agencia Tributaria de Andalucía para tu caso concreto.
Cómo se realiza el cálculo del impuesto de donaciones en Andalucía
Base imponible
La base imponible es el valor de lo donado (dinero o bienes), del que se restan las cargas y deudas deducibles que asuma quien recibe la donación.
Base liquidable
En el caso general no hay reducción por parentesco. Solo se descuentan reducciones específicas, como la de discapacidad (250.000 €, o 500.000 € si el grado es ≥65%). El resto es la base liquidable.
Cuota íntegra
A la base liquidable se le aplica la tarifa propia de Andalucía (del 7% al 26%) y se multiplica por el coeficiente de su grupo de parentesco (1 para la familia directa; 1,5 y 1,9 para el resto), con lo que se obtiene la cuota.
Cuota final
Cónyuge, hijos y ascendientes (grupos I y II) aplican la bonificación andaluza del 99%, pero solo si la donación se formaliza en escritura pública ante notario. Se autoliquida con el modelo 651 en el plazo de un mes.
Tabla del impuesto de donaciones en Andalucía
Escala propia de Andalucía vigente en 2026 (Ley 5/2021). Busca el tramo de tu base liquidable, toma su cuota fija y añade el tipo sobre la parte que excede.
| Base liquidable (hasta) | Cuota íntegra | Resto base (hasta) | Tipo |
|---|---|---|---|
| 0 € | 0 € | 8.000 € | 7% |
| 8.000 € | 560 € | 7.000 € | 8% |
| 15.000 € | 1.120 € | 15.000 € | 10% |
| 30.000 € | 2.620 € | 20.000 € | 12% |
| 50.000 € | 5.020 € | 20.000 € | 14% |
| 70.000 € | 7.820 € | 30.000 € | 16% |
| 100.000 € | 12.620 € | 50.000 € | 18% |
| 150.000 € | 21.620 € | 50.000 € | 20% |
| 200.000 € | 31.620 € | 200.000 € | 22% |
| 400.000 € | 75.620 € | 400.000 € | 24% |
| 800.000 € | 171.620 € | En adelante | 26% |
A la cuota resultante se le aplica el coeficiente por grupo de parentesco y la bonificación autonómica (99% para hijos, cónyuge y ascendientes; los demás grupos no tienen bonificación).
Bonificación y coeficiente por grupo de parentesco
| Grupo · Parentesco | Coeficiente | Bonificación |
|---|---|---|
| Grupo I y II — Hijos, nietos, cónyuge, ascendientes | 1,0 | 99% (con escritura pública) |
| Grupo III — Hermanos, tíos, sobrinos | 1,5 | No aplica |
| Grupo IV — Primos y extraños | 1,9 | No aplica |
| Donatario con discapacidad | Reducción 250.000 € (≥65%: 500.000 €) | Se mantiene la del grupo |
Donaciones entre hermanos en Andalucía
Los hermanos tributan en el grupo III: sin bonificación del 99 %, con coeficiente 1,5 y sin reducción por parentesco. Una donación entre hermanos paga bastante, se formalice o no en escritura.
Ejemplo: un hermano dona 100.000 € a otro
La base es el valor donado; la cuota se multiplica por 1,5 y no se bonifica, de modo que el hermano que recibe paga alrededor de 18.930 €. Si el mismo importe lo recibiera un hijo con escritura pública, pagaría en torno a 126 €. Introduce la cifra arriba y elige «Hermanos» para ver tu caso exacto.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de donaciones en Andalucía
Normativa y fuentes oficiales
- Junta de Andalucía — Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Junta de Andalucía — Impuesto sobre Donaciones (modelo 651)
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Última actualización: · Normativa: Ley 5/2021 de Andalucía (donaciones, modelo 651) · Ley 29/1987 estatal (vigente 2026)
