Calculadora ITP Murcia 2026
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8%
tipo general de ITP en Murcia para inmuebles
3%
tipo reducido para jóvenes ≤40, familia numerosa o discapacidad ≥65%
0€ – 75€
cuota fija para vehículos de más de 12 años, según cilindrada
Calcular ITP Murcia
GratuitaTabla de tipos del ITP en Murcia 2026
Tipos de Transmisiones Patrimoniales Onerosas vigentes en la Región de Murcia, según el Decreto Legislativo 1/2010:
| Caso | Tipo | Requisito |
|---|---|---|
| Inmueble, tipo general | 8% | — |
| Joven ≤40 años, vivienda habitual | 3% | Renta <40.000 €, ahorro ≤1.800 €. Habitar en 12 meses, residir 3 años. |
| Discapacidad ≥65%, vivienda habitual | 3% | Renta <40.000 €, ahorro ≤1.800 €. |
| Familia numerosa, vivienda habitual | 3% | Renta <44.000 € + 6.000 €/hijo extra. |
| VPO régimen especial | 4% | — |
| Vehículo, 12 años o menos | 4% | — |
| Vehículo >12 años, cilindrada ≤1.000cc | 0 € (exento) | No requiere autoliquidación |
| Vehículo >12 años, cilindrada 1.000-1.500cc | 30 € (cuota fija) | — |
| Vehículo >12 años, cilindrada 1.500-2.000cc | 50 € (cuota fija) | — |
| Vehículo >12 años, cilindrada >2.000cc | 75 € (cuota fija) | — |
Si no se cumplen los requisitos de habitación efectiva (12 meses) y residencia continuada (3 años) tras aplicar un tipo reducido, hay que presentar una autoliquidación complementaria al tipo general del 8%. Existe además un tipo del 0,1% en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados para jóvenes, discapacidad y familia numerosa en obra nueva, no cubierto por esta calculadora (solo TPO, no AJD).
Preguntas frecuentes sobre el ITP en Murcia
El tipo general es del 8%. Jóvenes de hasta 40 años, personas con discapacidad igual o superior al 65% y familias numerosas pueden acceder a un tipo del 3% en su vivienda habitual, siempre que cumplan el límite de renta de su colectivo.
Hasta 40 años cumplidos en el momento de la adquisición, según confirma la Agencia Tributaria de la Región de Murcia. Además, hay que habitar la vivienda de forma efectiva en los 12 meses siguientes a la compra y mantenerla como residencia habitual durante al menos 3 años.
Si no habitas la vivienda en los 12 meses siguientes a la compra, o dejas de residir en ella antes de 3 años, tienes que presentar una autoliquidación complementaria al tipo general del 8%, descontando lo ya pagado y con los intereses de demora correspondientes.
Si el vehículo tiene 12 años o menos, se paga el 4% sobre su valor. Si tiene más de 12 años, se paga una cuota fija según la cilindrada: 0 € (exento, sin necesidad de autoliquidación) hasta 1.000cc, 30 € entre 1.000 y 1.500cc, 50 € entre 1.500 y 2.000cc, y 75 € por encima de 2.000cc.
El plazo general es de 30 días hábiles desde el devengo, presentando el Modelo 600 (inmuebles) o el Modelo 620 (vehículos) ante la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM).
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Normativa y fuentes oficiales
Última actualización: · Tipos vigentes según el Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre
