Calculadora del Impuesto de Donaciones en Navarra 2026
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Cálculo del impuesto de donaciones en Navarra
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Cómo se realiza el cálculo del impuesto de donaciones en Navarra
La base: el valor donado
Se parte del valor de lo donado (dinero, un inmueble, participaciones), menos las cargas y deudas deducibles. Un detalle importante de Navarra: la conocida exención de 250.000 € es solo de las herencias; en donaciones se tributa desde el primer euro, aunque a tipos muy bajos para la familia directa.
El parentesco fija la tarifa
El cónyuge o pareja estable tributa a un tipo proporcional del 0,8%. Los ascendientes y descendientes (padres, hijos, abuelos, nietos) siguen una tarifa progresiva propia: 0,8% hasta 250.000 €, 2% de 250.000 a 500.000 €, y sube (3%, 4%, 6%, 8%) en los tramos superiores. Los colaterales y extraños se rigen por otra lógica: un tipo fijo por tramo (no progresivo) que se aplica a toda la base y que es más alto cuanto más lejano es el parentesco.
La cuota resultante
La tarifa se aplica sobre la base, sin coeficientes por patrimonio ni bonificaciones en cuota. La cifra que resulta es la que se autoliquida ante la Hacienda Foral de Navarra, en el plazo de dos meses desde la donación. Puede haber reducciones específicas (por ejemplo, el 99% en la donación de la vivienda habitual a descendientes o cónyuge).
Tabla del impuesto de donaciones en Navarra
El cónyuge o pareja estable tributa a un 0,8% proporcional. La tabla siguiente es la escala progresiva de ascendientes y descendientes (padres, hijos, abuelos, nietos): cada tramo grava solo la parte de base que le corresponde.
| Base liquidable (hasta) | Cuota íntegra | Resto base (hasta) | Tipo |
|---|---|---|---|
| 0,00 € | 0,00 € | 250.000,00 € | 0,80% |
| 250.000,00 € | 2.000,00 € | 250.000,00 € | 2,00% |
| 500.000,00 € | 7.000,00 € | 500.000,00 € | 3,00% |
| 1.000.000,00 € | 22.000,00 € | 800.000,00 € | 4,00% |
| 1.800.000,00 € | 54.000,00 € | 1.200.000,00 € | 6,00% |
| 3.000.000,00 € | 126.000,00 € | En adelante | 8,00% |
En Navarra la tarifa se aplica sobre la base según el parentesco: 0,8% para el cónyuge o pareja; escala progresiva (0,8%–8%) para ascendientes y descendientes.
La tarifa según el parentesco en Navarra
| Parentesco | Tipo o tarifa |
|---|---|
| Cónyuge o pareja estable | 0,8% proporcional |
| Ascendientes y descendientes (padres, hijos, abuelos, nietos) | Progresiva 0,8% → 8% |
| Hermanos (colateral 2º grado) | Tipo fijo por tramo: 8% → 35% |
| Tíos y sobrinos (colateral 3º grado) | Tipo fijo por tramo: 9% → 39% |
| Primos y colaterales 4º grado | Tipo fijo por tramo: 11% → 43% |
| Extraños y grados más distantes | Tipo fijo por tramo: 11% → 48% |
La calculadora contempla todos los grupos del art. 34. A diferencia de la línea recta, la tarifa de colaterales y extraños no es progresiva: se localiza el tramo donde cae la base y ese tipo fijo se aplica a toda la base. Por ejemplo, un hermano con una base entre 150.253 y 300.506 € tributa al 20% sobre el total.
Donar en Navarra: cónyuge al 0,8% y línea recta progresiva
Navarra tiene un régimen foral propio, amparado por el Convenio Económico y regulado por el Decreto Foral Legislativo 250/2002. En donaciones, el cónyuge o pareja estable paga un 0,8% proporcional. Los ascendientes y descendientes (padres, hijos, abuelos, nietos) siguen una escala progresiva propia que empieza en el 0,8% (hasta 250.000 €) y sube por tramos —2%, 3%, 4%, 6% y 8%— a medida que crece la donación. Es un sistema muy favorable para las cantidades familiares habituales: una donación de 150.000 € a un hijo tributa 1.200 €, y una de 300.000 €, 3.000 €.
Ejemplo: un padre dona 300.000 € a un hijo
Un padre dona 300.000 € a un hijo. Los primeros 250.000 € tributan al 0,8% (2.000 €) y los 50.000 € siguientes al 2% (1.000 €): en total, el hijo paga 3.000 €. Si el donatario fuese el cónyuge, el 0,8% proporcional daría 2.400 €. Una carga muy contenida frente al régimen común.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de donaciones en Navarra
Normativa y fuentes oficiales
Última actualización: · Normativa: Decreto Foral Legislativo 250/2002 de Navarra (art. 34) · Convenio Económico (vigente 2026)
