Simulador del Impuesto de Donaciones en Asturias 2026

✅ Calcula al instante lo que pagarás por una donación en el Principado de Asturias

2% Tarifa sobre los primeros 150.000 € (grupos I y II)
Escritura Requisito para aplicar la bonificación
1 mes Plazo para presentar el modelo 651

Calculadora del Impuesto de Donaciones en Asturias 2026

Gratuito
Discapacidad reconocida del donatario

Tabla de la tarifa reducida de donaciones en Asturias

Tarifa reducida del Art. 21.3 (D.L. 2/2014), aplicable a donaciones a grupos I y II con patrimonio ≤ 402.678 € y escritura pública. Para el resto de casos se aplica la tarifa general (7,65%–36,5%).

Base liquidable (hasta) Cuota íntegra Resto base (hasta) Tipo
0,00 € 0,00 € 150.000,00 € 2,00%
150.000,00 € 3.000,00 € 150.000,00 € 15,00%
300.000,00 € 25.500,00 € 150.000,00 € 25,00%
450.000,00 € 63.000,00 € 150.000,00 € 30,00%
600.000,00 € 108.000,00 € En adelante 36,50%

A la cuota resultante se le aplica el coeficiente por grupo de parentesco y la bonificación autonómica (99% para hijos, cónyuge y ascendientes; los demás grupos no tienen bonificación).

Qué tarifa se aplica según el caso

CasoTarifa
Grupos I y II · patrimonio ≤ 402.678 € · escritura públicaReducida (2% sobre los primeros 150.000 €)
Grupos I y II · patrimonio > 402.678 € o sin escrituraGeneral (7,65%–36,5%)
Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos) y Grupo IVGeneral (7,65%–36,5%)

Sobre la cuota íntegra se aplica el coeficiente multiplicador del patrimonio y grupo (art. 22): 1,0 para los grupos I y II; 1,5882 para el III; 2,0 para el IV en el tramo de patrimonio más bajo. Asturias no aplica bonificación en donaciones.

La tarifa reducida del 2% en donaciones de Asturias

Desde 2024, Asturias grava al 2 % los primeros 150.000 € de las donaciones a hijos, nietos, cónyuge y ascendientes (grupos I y II). No es una bonificación, sino una tarifa propia mucho más baja. Para aplicarla, el donatario no puede tener un patrimonio superior a 402.678 € y la donación debe formalizarse en escritura pública; si no, se aplica la tarifa general.

€

Ejemplo práctico

Un padre dona 150.000 € a un hijo en escritura, con patrimonio bajo. Al 2%, el hijo paga 3.000 €. Si esa misma donación no se hiciera en escritura, se aplicaría la tarifa general y pagaría unos 21.250 €. La escritura pública es, por tanto, decisiva.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto de donaciones en Asturias

Normativa y fuentes oficiales

Última actualización: · Normativa: Decreto Legislativo 2/2014 del Principado de Asturias · Ley 4/2023 (tarifa 2%) · Ley 29/1987 estatal (vigente 2026)

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