Simulador del Impuesto de Donaciones en Aragón 2026

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100.000 € Reducción para donaciones a cónyuge e hijos (art. 132-2)
99% Bonificación en cuota (grupos I y II, con límites)
1 mes Plazo para la autoliquidación

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Tabla del impuesto de donaciones en Aragón

Aragón aplica la tarifa estatal (Art. 21 Ley 29/1987), del 7,65% al 34%, sin tarifa propia. Sus ventajas están en las reducciones y bonificaciones. Busca el tramo de tu base liquidable, toma su cuota fija y añade el tipo sobre la parte que excede.

Base liquidable (hasta) Cuota íntegra Resto base (hasta) Tipo
0,00 € 0,00 € 7.993,46 € 7,65%
7.993,46 € 611,50 € 7.987,45 € 8,50%
15.980,91 € 1.290,43 € 7.987,45 € 9,35%
23.968,36 € 2.037,26 € 7.987,45 € 10,20%
31.955,81 € 2.851,98 € 7.987,45 € 11,05%
39.943,26 € 3.734,59 € 7.987,46 € 11,90%
47.930,72 € 4.685,10 € 7.987,45 € 12,75%
55.918,17 € 5.703,50 € 7.987,45 € 13,60%
63.905,62 € 6.789,79 € 7.987,45 € 14,45%
71.893,07 € 7.943,98 € 7.987,45 € 15,30%
79.880,52 € 9.166,06 € 39.877,15 € 16,15%
119.757,67 € 15.606,22 € 39.877,16 € 18,70%
159.634,83 € 23.063,25 € 79.754,30 € 21,25%
239.389,13 € 40.011,04 € 159.388,41 € 25,50%
398.777,54 € 80.655,08 € 398.777,54 € 29,75%
797.555,08 € 199.291,40 € En adelante 34,00%

A la cuota resultante se le aplica el coeficiente por grupo y patrimonio y, después, la bonificación autonómica del 99% (grupos I, II y III en donaciones).

Reducción y bonificación por grupo de parentesco

Grupo · ParentescoBeneficio en donaciones
Grupo I — Descendientes menores de 21 añosReducción 100.000 € + bonificación 99%
Grupo II — Hijos ≥21, cónyuge, ascendientesReducción 100.000 € + bonificación 99% (si base ≤ 500.000 €)
Grupo III — Hermanos, tíos, sobrinosSin reducción ni bonificación
Grupo IV — Primos, extrañosSin reducción ni bonificación

La reducción de 100.000 € (art. 132-2) y la bonificación del 99% exigen escritura pública; en donaciones de dinero, el origen de los fondos debe constar en ella. Para el grupo II, la bonificación se pierde si la base supera los 500.000 €. Los grupos III y IV no tienen estos beneficios.

La reducción y la bonificación en donaciones de Aragón

Aragón combina dos beneficios en las donaciones a cónyuge e hijos. Primero, una reducción del 100% hasta 100.000 € (art. 132-2), que se resta de la base. Después, una bonificación del 99% sobre la cuota restante: sin límite para el grupo I (menores de 21), y para el grupo II (hijos ≥21, cónyuge, ascendientes) solo si la base no supera los 500.000 €. Por encima de esa cifra, el grupo II pierde la bonificación de golpe.

€

Ejemplo: donación de 200.000 € a un hijo

Un padre dona 200.000 € a un hijo en escritura. Se resta la reducción de 100.000 € (art. 132-2), quedan 100.000 € de base liquidable y, sobre la cuota, se aplica el 99% de bonificación: el hijo paga solo unos 124 €. Si la donación superara los 500.000 €, el grupo II perdería la bonificación y la factura se dispararía.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto de donaciones en Aragón

Normativa y fuentes oficiales

Última actualización: · Normativa: Decreto Legislativo 1/2011 del Gobierno de Aragón · Ley 29/1987 estatal del ISD (vigente 2026)

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